Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción | Estudio Jurídico Córdoba

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Con la intención de dar respuesta al impacto económico ocasionado por la emergencia sanitaria en materia de empleos del sector privado, el Gobierno Nacional creó un Programa que posee dos grandes grupos de beneficiarios.

¿A quién se le paga?

Se le abona a los empleados formales del sector privado, que trabajan en empresas altamente afectadas por la pandemia. En este sentido, el Estado Nacional paga al trabajador parte de su salario (el 50%), correspondiendo el otro pago a la parte patronal.

Sobre esto, cabe destacar que los trabajadores no registrados (en negro) y/o equivalente a otra figura fraudulenta (monotributistasfreelancers, etc.), no podrán cobrar este programa.

Para aquellos trabajadores registrados, es necesario los siguiente:

  1. Que la patronal se encuentre abarcada dentro de empresas altamente afectadas por la pandemia.
  2. Que la patronal haya solicitado el beneficio.

¿Cómo se efectiviza el pago?

El pago se efectiviza en la cuenta bancaria cuyo CBU fue informado por el empleador a la ANSES.

La ANSES informó que el próximo martes 15 de septiembre realizará el primer pago correspondiente a agosto del programa Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP).

¿Me corresponde, o no?

Para consultar si te corresponde o no, ingresá a: https://servicioscorp.anses.gob.ar/ATPConsulta/

Los empleadores que requirieron la asistencia estatal para el pago de los salarios correspondientes a agosto debieron registrarse con clave fiscal en el servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción”.

CONSULTANOS GRATUITAMENTE ONLINE AQUÍ.

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