Accidentes y enfermedades de trabajo: ALERTA con las notificaciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Accidentes y enfermedades de trabajo: ALERTA con las notificaciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo. | Estudio Jurídico Córdoba

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Posteriormente a la entrada en vigencia de la ley provincial 10.456 (mediados del año 2017) hemos recibido innumerables reclamos sobre trabajadores perjudicados por los dictámenes de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo de la provincia de Córdoba (también conocida como Comisiones Médicas). En este breve post te explicaremos con qué plazo hay que tener mucho cuidado pues se puede perder un reclamo dinerario que por derecho le corresponde.

A mediados del 2017 entró en vigencia la Ley 10.456, que volvía a obligar a los trabajadores accidenteados o con padecimiento de enfermedades profesional a  asistir a la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT), también llamada Comisiones Médicas (CM). Esto significa que ante el caso de una alta médica de una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (seguro que contrata la empresa para cubrir daños físicos o económicos en los trabajadores enfermos o accidentados) en que el trabajador no esté de acuerdo (como por ejemplo, un trabajador con una pierna quebrada que se la ART le otorga alta médica y todavía no se puede parar o siente dolor) debe concurrir con patrocinio letrado a hacer su reclamo ante la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (en la ciudad de Córdoba quedan en calle Rivadavia) para manifestar que no está de acuerdo con la decisión unilateral de la ART.

SIEMPRE SE RECOMIENDA QUE EL TRABAJADOR CONCURRA A LA SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO CON ABOGADO DE CONFIANZA, lo cual no siempre ocurre y genera el aprovechamiento de los seguros (ART) que no quieren pagar o pagar de menos (como todo seguro), y de los propios integrantes de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, quienes no informan estratégicamente qué le conviene al trabajador y sus beneficios, lo cual perjudica al trabajador en su economía y en su salud.

Luego de que la Superintendencia de Riesgos de Trabajo sentencia la suerte del trabajador comienza a correr un plazo de 45 DÍAS, para manifestar ante las autoridades judiciales que NO está de acuerdo con lo resuelto por la Superintendencia. No obstante ello, por falta de asesoramiento del trabajador, desde la entrada en vigencia de la ley 10.456 se pierden muchísimos derechos laborales y los seguros llamados ART se abultadas indemnizaciones que les corresponden a los trabajadores o a los herederos de los mismos en caso de muerte del trabajador.

 

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