El llamado "Rubro Gastronómico": el qué y cómo de la decadencia del arte culinario, la mirada del derecho del trabajo.

¿Quién tiene la culpa de la decadencia del servicio?

El llamado

¿Necesita asesoramiento legal sobre Reclamos Laborales?

Contactenos

El rubro gastronómico ostenta una de las  mayores cifra de trabajadores en negro y esto se observa seguido debido a la falta de control por parte de los entes de contralor  del  estado, y ausencia del sindicato que debiera proteger al trabajador, pero no lo hace. Es uno de los sectores más afectados en referencia al nexo servico-trabajador como consecuencia de lo sacrificado que es el rubro e injusticias, algunas como las que a modo ejemplificativo expondremos a continuación:

  • Categoría mentirosa o multitarea: Esto se da en su mayoría en el área de la cocina, en donde en innumerables oportunidades los Chefs se encuentran registrados como cocineros de baja categoría. También ocurre con los lava copas, quienes realizan la más de las veces tareas de ayudantes de cocina, o los gambuceros que realizan tareas de mozo de salón. De esta manera la labor es remunerada con una cuantía inferior a la que debería ser.

  • Propinas: Las propinas forman parte o no del salario del trabajador? El Convenio Colectivo Gastronómico establece que NO, pero este tema es hartamente discutido, no obstante, la jurisprudencia de la CSJN ha establecido que todo monto dinerario producto de la prestación de servicios está abarcado como salario, y esta cuestión es relevante a los fines de el pago de indemnizaciones por despido.

  • Horas nocturnas y horas extras: Las mismas surgen como consecuencia de la normalidad de la tarea gastronómica. El 90% de los gastronómicos prestan tareas en horario nocturno, y realiza horas extras. En este apartado, el trabajador debe conocer que es obligación de la patronal llevar cuenta de la cantidad de horas que realiza el trabajador, más allá de que exista una planilla de horarios y descansos sellada por el Ministerio de Trabajo, la que se encuentra exhibida en los mostradores o cajas, y que dista de lo que ocurre en la realidad.

  • Cobro de sueldo parte en blanco y parte en negro: Esta modalidad es ilegal, y el principal perjudicado es el trabajador, pues por el pago de parte de salario en negro no se realizan aportes al Sistema Único de la Seguridad Social (aportes jubilatorios, obra social, ART, etc.). Tal circunstancia es causal de despido indirecto a favor del trabajador, con multas a favor de este último.

  • Fecha de ingreso posterior a la real en recibos de sueldo: Ocurre lo mismo que en apartado anterior, pudiendo el trabajador extinguir el contrato de trabajo por culpa de la empresa, generando el pago de una multa por tal incumplimiento a su favor.

  Como resultado de todo lo expuesto hasta el momento, lo cual no agota la temática, diremos que el servicio del arte culinario se encuentra reflejado por todas estas cuestiones, siendo responsabilidad social de los trabajadores involucrados el reclamo de sus derechos, no solo para garantizar el pago de lo que por ley les corresponde, sino también para que se mejoren poco a poco las condiciones de trabajo, se reconozca el tan buen oficio del chef y mozo, y se preserve el patrimonio cultural culinario como buen servicio y buena comida.

CONSULTANOS GRATUITAMENTE ONLINE AQUÍ.

¿Necesita asesoramiento legal sobre Reclamos Laborales?

Contactenos