¿Necesita asesoramiento legal sobre Derecho de Familia?
ContactenosEl Juzgado de Familia de General Roca (Río Negro) hizo lugar a la demanda por cuota alimentaria que promovió una joven de 21 años contra su madre, ya que la actora demostró que estaba cursando estudios universitarios y que le resultaba indispensable contar con la cuota para subsistir y poder finalizar un profesorado en la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Comahue.
La jueza interviniente consideró que el tiempo que lleva una carrera universitaria o terciaria y su cumplimiento adecuado implica asignar una franja horaria similar a una actividad laboral, lo que trate aparejado la dificultad de conseguir un empleo y sostener los estudios a la vez. También, expresó que el Nuevo Código Civil y Comercial en su Artículo 663 establece una prórroga automática de la cuota alimentaria para garantizar la prosecución de los estudios o preparación profesional.
La jueza actuante, expresó que para la fijación del monto no era preciso demostrar la capacidad económica del obligado.
Si bien, en Córdoba no se conoce aún de este tipo de planteos, el nuevo Código Civil y Comercial regula tal problemática.
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